MODELO EXCLUSIVO
¿Qué son los Huertos Urbanos Integrados?
Son espacios de 50 m², diseñados por Terreno Social, que se otorgan en usufructo a vecinos comprometidos. Allí pueden desarrollar agricultura urbana, acuaponía vertical, crianza de animales menores y disfrutar de un área de descanso natural privada.
No es un derecho. No viene con la compra del lote. Es una oportunidad para quienes desean producir, emprender y vivir en armonía con la naturaleza.
Beneficios
Autoabastecimiento
Verduras, frutas, pescado, huevos, animales pqueños. Reducción del gasto familiar.
Autoempleo
Excedentes vendibles en ferias vecinales. Ingreso adicional.
Paz y descanso
Árbol de sombra,espacio de retiro. Sin ruido, sin fiestas.
Comunidad activa
Talleres, trueque de cosechas, integración vecinal.
Diseño y producción estimada
Cada huerto de 50 m² incluye:
- Árboles frutales de sombra + bancas integrada + asador
- Sistema acuapónico vertical (8 m² de estanques + 8 m² de cultivo en torres hidropónicas)
- Cultivo en tierra (eras elevadas para hortalizas, hierbas, flores)
- Construcción de 15 m² para herramientas y descanso (diseño aprobado)
- Zona de animales menores (cuyes,gallinas,otros)
- Compostaje y lombricultura (2 m²)
Energía solar exclusiva
Todas las instalaciones del huerto (bombeo de agua, iluminación, sistemas de riego) deben funcionar con energía solar. No se permite conexión a red eléctrica convencional.
Producción anual minima estimada: 140–220 kg de verduras · 30–50 kg de pescado · 50–200 frutos · 40–80 kg de cuyes o 150–200 huevos · 200–300 kg de compost.
Naturaleza jurídica
- El huerto se otorga en usufructo personal, intransferible y renovable anualmente.
- No es un derecho por comprar un lote. Se solicita aparte y se evalúa por mérito.
- Todo lo construido o mejorado pasa a ser propiedad de Terreno Social sin derecho a compensación.
- Si se abandona o incumple las normas, el usufructo se revoca y el espacio se reasigna .
- Se permite autoempleo y venta de excedentes en ferias vecinales organizadas por Terreno Social.
Reglas de convivencia
- Lugar de paz y retiro: No se permite música amplificada, fiestas o reuniones ruidosas.
- No vivienda permanente: No se permite pernocte regular.
- Mantenimiento obligatorio: El huerto debe mantenerse limpio, ordenado y productivo. Abandono por más de 30 días es causal de revocación.
- Bienestar animal: Prohibido maltrato. Las instalaciones deben ser higiénicas. Prohibido animales peligrosos o molestos.
- Energía solar exclusiva: Toda instalación eléctrica debe ser alimentada por paneles solares.
- Prohibido: Cultivos ilegales, químicos prohibidos, vertimiento de residuos tóxicos.
Sanciones
- Falta leve: Advertencia por escrito + plazo de 15 días para corregir.
- Falta grave: Suspensión de 30 días del uso del huerto.
- Falta gravísima: Revocación inmediata del usufructo + pérdida de mejoras.
- Actividades ilícitas: Revocación + exclusión del condominio.
El abandono por más de 30 días se considera falta grave y activa la recuperación del espacio por Terreno Social.
Oportunidad de autoempleo
Los huertos no solo alimentan, también generan ingresos. Los excedentes de producción pueden comercializarse en:
- Ferias vecinales organizadas por Terreno Social.
- Trueque comunitario entre vecinos del condominio.
- Venta directa a restaurantes o mercados locales .
Terreno Social puede facilitar espacios de comercialización y capacitación en gestión de microemprendimientos.
Modelo de autoempleo: Produce para tu familia, vende los excedentes, mejora tu economía. El huerto es una herramienta de desarrollo, no un lujo.
¿Quieres cultivar, producir y ser parte?
Los huertos son limitados. Se asignan por orden de interés y compromiso demostrado. Si estás dispuesto a cuidar la tierra, respetar las normas y construir comunidad, esta oportunidad es para ti.
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